lunes, 10 de septiembre de 2012

normativa sobre sustituciones

En el Real Decreto-ley 14/2012, aprobado el 20 de abril de 2012, de "medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo", en concreto en su artículo 4, "Sustitución de profesores", se especifica:

"En los centros docentes públicos, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento. El período de diez días lectivos previo al nombramiento del funcionario interino deberá ser atendido con los recursos del propio centro docente". (...)

Ésta es la razón por la que no se asignará un profesor de Infantil que sustituya a Vanessa durante su baja hasta pasadas dos semanas de curso (10 días lectivos). Durante ese tiempo, según ha informado la Dirección del Centro, el aula de Infantil estará a cargo de la profesora que hasta el momento se ha encargado de las clases de religión en el centro, y se procurará que durante esas dos semanas sea siempre esa misma persona quien atienda a los pequeños.

Un saludo.

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